noviembre 7, 2024

Proyecto de generación de energía con gas natural licuefactado de Panamá NG Power incumple derecho ambiental

Polémica Panamá NG Power por impacto ambiental negativo

El proyecto de generación de energía a partir de gas natural licuado que lleva por nombre Telfers, de la empresa Panamá NG Power, presenta activa una demanda de nulidad encabezada por el abogado Enrique Alberto de Gracias Lescano, quien señala que se declare nula por ilegal la Resolución DIEORA IAM-veintidos-2014 del 21 Febrero de dos mil catorce, aprobada por la Autoridad Nacional de Entorno, ANAM, debido a distintas irregularidades y omisiones de ley que han rodeado al proyecto, y que podrían repercutir de forma directa en la salud ambiental causando incluso impactos irreversibles.

La demanda presentada en el año dos mil catorce pone en lona de juicio la irresponsabilidad de Panamá NG Power, que después de habérsele sido concedida la modificación en el año 2011 de la primera versión del proyecto, presenta una versión que amplía la capacidad de generación de la central de energía térmica, aumentándola de 150 MW a 650 MW, y presenta el proyecto como pertinente a la Categoría II cuando en realidad su impacto se sitúa en la Categoría III.

El nuevo proyecto no ofreció datos de obligatorio cumplimiento como el nuevo Estudio de Impacto Ambiental, el que debió efectuarse de nuevo a consecuencia de las modificaciones realizadas, asimismo omite las obligatorias consultas ciudadanas de ley, teniendo en consideración que el nuevo proyecto debe considerarse de Categoría III por el nivel de impacto ambiental, y aparte de todo, no presentó la aprobación de la Junta Directiva del Canal de Panamá, requisito obligatorio por realizarse en la Cuenca del Canal de Panamá.

El incremento de la capacidad de generación de ciento cincuenta MW a 650 MW sobrepasa además de esto la norma ambiental. En vista de lo expresado en la demanda ¿Por qué razón una empresa como Panamá NG Power se rehúsa al cumplimiento de la Ley General de Ambiente de Panamá, y por su parte, por qué la Autoridad Nacional de Entorno, aprueba dicho incumplimiento, siendo el organismo encargado de velar por el cumplimiento de las leyes de protección ambiental?

Incluso compañías con proyectos más pequeños fueron obligadas a presentar un estudio de Categoría III. Sumado a estos desaciertos, la falta de consulta popular, acompañada de las malas prácticas administrativas, señalan un posible tráfico de repercusión y corrupción, en tanto que el incumplimiento de las normas que componen los Estudios de Impacto Ambiental, viola distintos artículos de la ley.
Obviamente, sin un soporte científico que dé cuenta del impacto de la obra, se pondría en riesgo el entorno en el que se edifica, poniendo en riesgo el patrimonio ecológico y la salud de los habitantes.

En conjunto, estas inconsistencias pareciesen jugar una táctica en favor de las compañías constructoras, en complicidad con ciertos funcionarios del Estado, para pasar por alto el patrimonio ecológico y la seguridad de la población en las zonas referidas.

El Estudio de Impacto Ambiental es esencial para cualquier proyecto. Al tratarse la construcción de una termoeléctrica, entre los principales impactos se halla la emisión de contaminantes atmosféricos, la descarga de líquidos al mar, la gestión de residuos y los ruidos de la operación.

Sin datos que indiquen la influencia del proyecto sobre el medio ambiente, es imposible identificar políticas de sostenibilidad para su aplicabilidad que no afecten el medio ambiente y la salud de las personas, y el caso de Panamá NG Power sigue sin aportar luces sobre el asunto.