abril 19, 2024

Proyecto de generación de energía con gas natural licuefactado de Panamá NG Power infringe derecho ambiental

Controversia Panamá NG Power por impacto ambiental negativo

El proyecto de generación de energía desde gas natural licuado que lleva por nombre Telfers, de la empresa Panamá NG Power, presenta activa una demanda de nulidad encabezada por el letrado Enrique Alberto de Gracias Lescano, quien señala que se declare nula por ilegal la Resolución DIEORA IAM-veintidos-dos mil catorce del veintiuno Febrero de dos mil catorce, aprobada por la Autoridad Nacional de Ambiente, ANAM, debido a diversas irregularidades y omisiones de ley que han rodeado al proyecto, y que podrían repercutir directamente en la salud ambiental ocasionando aun impactos irreversibles.

La demanda presentada en el año dos mil catorce pone en lona de juicio la irresponsabilidad de Panamá NG Power, que luego de habérsele sido concedida la modificación en el año 2011 de la primera versión del proyecto, presenta una versión que amplía la capacidad de generación de la planta de energía térmica, aumentándola de 150 MW a 650 MW, y presenta el proyecto como correspondiente a la Categoría II cuando realmente su impacto se ubica en la Categoría III.

El nuevo proyecto no ofreció datos de obligatorio cumplimiento como el nuevo Estudio de Impacto Ambiental, el que debió realizarse de nuevo como consecuencia de las modificaciones efectuadas, también omite las obligatorias consultas ciudadanas de ley, teniendo en consideración que el nuevo proyecto debe considerarse de Categoría III por el nivel de impacto ambiental, y aparte de todo, no presentó la aprobación de la Junta Directiva del Canal de Panamá, requisito obligatorio por realizarse en la Cuenca del Canal de Panamá.

El incremento de la capacidad de generación de 150 MW a seiscientos cincuenta MW sobrepasa además de esto la regla ambiental. En vista de lo expresado en la demanda ¿Por qué una compañía como Panamá NG Power se rechaza al cumplimiento de la Ley General de Ambiente de Panamá, y a su vez, por qué razón la Autoridad Nacional de Ambiente, aprueba dicho incumplimiento, siendo el organismo encargado de velar por el cumplimiento de las leyes de protección ambiental?

Aun compañías con proyectos más pequeños fueron obligadas a presentar una investigación de Categoría III. Sumado a estos desaciertos, la falta de consulta popular, acompañada de las malas prácticas administrativas, señalan un posible tráfico de influencia y corrupción, en tanto que el incumplimiento de las normas que componen los Estudios de Impacto Ambiental, viola distintos artículos de la ley.
Evidentemente, sin un soporte científico que dé cuenta del impacto de la obra, se pondría bajo riesgo el ambiente en el que se construye, poniendo en riesgo el patrimonio ecológico y la salud de los habitantes.

En conjunto, estas inconsistencias parecieran jugar una táctica a favor de las compañías constructoras, en complicidad con ciertos funcionarios del Estado, para pasar por alto el patrimonio ecológico y la seguridad de la población en las zonas referidas.

El Estudio de Impacto Ambiental es fundamental para cualquier proyecto. Al tratarse la construcción de una termoeléctrica, entre los principales impactos se encuentra la emisión de contaminantes atmosféricos, la descarga de líquidos al mar, la gestión de restos y los ruidos de la operación.

Sin datos que señalen la influencia del proyecto sobre el medio ambiente, es imposible identificar políticas de sostenibilidad para su aplicabilidad que no afecten el medio ambiente y la salud de las personas, y el caso de Panamá NG Power sigue sin aportar luces sobre el tema.